Carta de Lectores | 01.02.2010

Yo vivo trabajando con los servicios de Internet cuando los tengo pero...anda, no anda.

Un servicio de cuarta al usuario. Es una Speedy estafa ...

Desde hace algunos años se ha estado denunciando ante diferentes medios, comisiones, ligas, la HCD con presentaciones para generar leyes justas , no discriminativas, sobre la estafa del servicio de Internet que ofrecen distintos "prestadores de servicios Cloacales de la Comunicación", por eso han nacido en distintos foros o paginas de queja ...

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Desde hace algunos años se ha estado denunciando ante diferentes medios, comisiones, ligas, la HCD con presentaciones para generar leyes justas , no discriminativas, sobre la estafa del servicio de Internet que ofrecen distintos "prestadores de servicios Cloacales de la Comunicación", por eso han nacido en distintos foros o paginas de queja como los de http://www.telefornica.blogspot.com  .  Son innumerables las denuncias que solo se han convertido en " un aparente Muro de los lamentos", pues, algunos dicen que las denuncias no pasan de ser escuchadas, como ninguneadas por los operadores telefónicos, o cómplices de este sistema corrupto, donde la CNC solo con su forma protocolar y ajustada a la legislación no ha hecho otra cosa que emular lo propuesto por la actual política, cansar al usuario indignado indicándole por medio del sistema de contestador automático  que si su consulta es por Tele.. marque 1, si su reclamo es por fac… marque 2 y así en una progresión geométrica de alternativas que cuando logra el vecino cansado dar con su opción, sale una voz melosa indicándole :  “lamentablemente todos nuestros operadores se encuentran rascándose el ombligo y demás yerbas....” y si hablamos de la atención al cliente por sus Website, solo la entienden ellos y uno nunca accede al operador o alternativa buscada para denunciar su caso, ni que hablar también por los que esperan respuestas y reciben en forma escrita frases que dinamitan la resistencia psicológica de los clientes embroncados.
En resumen toda respuesta por parte de las empresas avaladas y protegidas por la CNC están tan bien estructurada, armadas, que cualquier neófito con un poco de inteligencia se da cuenta que todo fue maquiavélicamente lucubrado por abogados y psicólogos perversos, soportados por el mismo cuasimonopolio en las comunicaciones, de donde reciben las ideas neoliberales de un política que solo a vulnerado los derechos con jerarquía constitucional del Consumidor, derechos estos plasmados sobre nuestra Constitución Nacional.
Todo en más o en menos nos conduce al final de cuentas,  a creer que usted es el culpable, que necesita redimir sus pecados por: “denunciar las estafas, por su falta de comprensión, por reclamar la mejora de sus pésimos servicios, precios exorbitantes y por haber profanado el santo nombre de su empresa de comunicaciones que termina al final de cuentas llorando, sintiéndose culpables porque SANTA TIMOFÓNICA lo acusa en su conciencia.
Corolario: Por último usted termina prendiendo una vela a la Santa  de las comunicaciones, para que interceda ante el padre gobierno en su favor y tenga misericordia de su vida incomunicada, alejada de la luz de speedy. Que a la vista es un demonio vestido como ángel de luz.
Actualmente, los clientes que han sentido el látigo de la estafa de parte de las diferentes empresas tienen una página Web donde se "descargan" de la impotencia por tener que cancelar un servicio burlesco, lo peor es que muchos no pueden cambiar de proveedor, pues deben esperar que la competencia tenga alternativas mejores, lo que no siempre se da. Estafados por uno y otro como conclusión no llega a tener todos los servicios en optimas condiciones, para mejorar su contexto.
En lo particular, llevo ya  más de 2 años esperando que Telefónica me de la posibilidad de tener el servicio acordado, pero es imposible, pues la respuesta sigue siendo "disculpe Sr. estamos trabajando en su inconveniente...recuerde que disponemos de 5 días para solucionar el mismo", y cuando lo recupero o está disponible es el antiguo sistema de Dial-up normal de uso telefónico por consumo y de baja velocidad....
Le dirán: "que tienen y actúan con ética... que respetamos nuestra palabra y hacemos lo que es correcto ante nuestros clientes y ante nuestro personal."
Muy bien, las estafa consiste entre otras en que no dan el servicio que ofrecen y del cual cobran como operadores de servicio de telecomunicaciones, entre las cuantiosas denuncias está la creación de "listas negras" entre los clientes, cierre de puertos de telecomunicaciones, administración de Mac Address que es una identificación única de equipos de telecomunicaciones, reducción de la velocidad del ancho de banda,
Ejemplo de Bronca Contenida con investigación:
¿Telefónica de Argentina bloquea el puerto 80?
Un jóven comentaba : «El puerto 80 (HTTP) -cuando menos- es filtrado por Speedy, el servicio de ADSL de Telefónica de Argentina, haciendo casi imposible montar tu propio servidor web para compartir archivos con tus colegas -ni que hablar de ofrecer un servicio de webhosting-. Soy usuario de Speedy y me ha tomado cierto tiempo verificar esto con certeza, ya que en el servicio de soporte técnico de Speedy (0-800-333-7733) negaban este inconveniente desde hace unos días, hasta que finalmente, hoy, lo reconocieron "oficialmente"».
«Como dije al principio, Speedy filtra el puerto 80, de forma que sí es accesible para otros usuario de Speedy, Infovía y Prima, pero bloquea el acceso a cualquier otro ISP nacional o internacional. La verificación es trivial: instalar y ejecutar un servidor HTTP (Apache o IIS), deshabilitar los firewalls, y tratar pedirle a algún colega ajeno a Speedy que vea su sitio a través de su IP. Pueden, incluso, el servicio de Scanner de puertos de upseros ( http://www.upseros.com/portscan.php )o el Validador del W3C... ninguno podrá conectarse salvo que usen un puerto diferente del 80 en su servidor web, cosa extremadamente inusual. ¿Cuál será el siguiente paso? ¿Bloquear puertos P2P?.

Esto es fácilmente demostrable, por lo que no hace falta expertos en telecomunicaciones para evidenciarlo, por ejemplo, si Ud. obtiene un servicio "ilimitado" donde descarga aproximadamente 120 KB/s de velocidad y ellos detectan que a descargado mas de 1 Gb de información en algunos casos, la pasan a "ciertas listas negras" utilizando el Mac de su Modem para identificarlo, luego de esto comienza a utilizar una velocidad Aproximado de 4 KB/s en su servicio, lo que equivale mucho mas bajo que un enlace de Dial-up. algo muy distante de lo ofrecido, por lo que se mantendrá en adelante en el "Black DB" equivalente a una estafa en su totalidad.
La idea es que el estado Argentino tiene suficientes herramientas para exigir el cumplimiento que como empresa prestadora debe dar a la altura de sus obligaciones acordadas, condenar a las mismas por los pésimos, irregulares servicios de telecomunicaciones.
Es sabido que estas empresas han dedicado gran parte de su poder económico y mediático para ningunear al usuario, al generar malestar entre la población no dando garantías en la prestación de servicios, indemnizando o retornando el dinero mal habido por ganancias deshonestas producto de la mala calidad del servicio brindado…
En sus artículos 42 y 43 Nuestra Constitución Nacional habla a las claras de nuestros derechos como ciudadanos ante la vulneración de los mismos.
Art. 42.- Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato equitativo y digno.
Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
La legislación establecerá procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las provincias interesadas, en los organismos de control.
Art. 43.- Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución, un tratado o una ley. En el caso, el juez podrá declarar la inconstitucionalidad de la norma en que se funde el acto u omisión lesiva.
Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registradas conforme a la ley, la que determinará los requisitos y formas de su organización.
Toda persona podrá interponer esta acción para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos de datos públicos, o los privados destinados a proveer informes, y en caso de falsedad o discriminación, para exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística.
Cuando el derecho lesionado, restringido, alterado o amenazado fuera la libertad física, o en caso de agravamiento ilegítimo en la forma o condiciones de detención, o en el de desaparición forzada de personas, la acción de hábeas corpus podrá ser interpuesta por el afectado o por cualquiera en su favor y el juez resolverá de inmediato, aun durante la vigencia del estado de sitio.

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